Ley 2451 Régimen Procesal Penal Juvenil CABA

LEY Nº 2451/07
SE APRUEBA EL RÉGIMEN PROCESAL PENAL JUVENIL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 03 de octubre de 2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley:
Artículo 1° - Apruébase como Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el texto que como Anexo integra la presente.

Artículo 2° - La presente ley entrará en vigencia en forma conjunta con el Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionado el 29/3/07 como Ley N° 2.303 (B.O.C.B.A. N° 2679 del 8/5/07).

Artículo 3° - Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.451 (Expediente N° 78.350/07) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de octubre de 2007 ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de noviembre de 2007.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Gobierno y de Derechos Humanos y Sociales. Cumplido, archívese. Tanuz
ANEXOS